Menú Principal

Apoyo Postpenitenciario


En los Centros de Apoyo para la Integración Social (CAIS), se atiende a personas que finalizaron el cumplimiento de condena (ya sea bajo privación de libertad o en el medio libre), personas que han sido beneficiadas con la Libertad Condicional e indultadas, pudiendo distinguir prestaciones administrativas y de control y de intervención psicosocial criminológica.



a) Prestaciones de Control y Administrativas

Eliminación de Antecedentes Penales

El Decreto Ley N° 409 de 1932 permite que las personas puedan eliminar antecedentes penales cumpliendo con un control de firmas mensuales que varía de dos a cinco años, dependiendo del número de condenas que tenga. Para estos efectos debe acercarse a un Centro de Apoyo para la Integración Social (C.A.I.S.) a lo largo del país y cumplir con los siguientes requisitos:
- Condena(s) cumplida(s)
- Multa(s) pagada(s)
- Cédula de identidad vigente
- Tener aprobado 4to. año básico

Adicionalmente, las personas podrán participar voluntariamente en los programas de reinserción denominados de Apoyo Postpenitenciario y de Reinserción Laboral, los que tienen por finalidad mejorar las condiciones de integración social de los usuarios y reinsertarlos en el mercado laboral.




Indulto Conmutativo

Las personas que se encontraban privadas de libertad al momento de la entrada en vigencia de la Ley N°20.588 del año 2012, que conmutó el saldo de las penas que les restaba por cumplir, por la sujeción a la vigilancia de la autoridad, pueden y deben acercarse a firmar a los Centros de Apoyo para la Integración Social (CAIS), para dar cumplimiento a esta exigencia legal.

Aclaración Prontuarial

Los usuarios/as cuyos extractos de filiación y antecedentes penales no se encuentren completos, impidiéndoles la eliminación de éstos (Decreto Ley N° 409) podrán recibir apoyo de las Oficinas de Diagnóstico Prontuarial (ODP), ubicadas en los Centros de Apoyo para la Integración Social (CAIS) a lo largo del país. Estas oficinas realizarán un diagnóstico exhaustivo del extracto de filiación, antecedentes penales (si fue una pena sustitutiva, privativa, multa, entre otras) con la finalidad de elaborar un plan de acción para el proceso de aclaración prontuarial que posibilite la eliminación de antecedentes del usuario, ya sea a través del Decreto Ley N° 409 o, si es el caso, derivar al Registro Civil para la aplicación del Decreto Supremo N° 64.



b) Intervención

Programa de Apoyo a la Iintegración Social (País)

OBJETIVO

Promover la reinserción social de las personas que atiende el Subsistema Postpenitenciario, fortaleciendo sus capacidades y habilidades, a través de una intervención especializada, orientación para el acceso a las redes sociocomunitarias y apoyo para la colocación y/o capacitación laboral, con el fin de disminuir el riesgo de reincidencia y contribuir a su integración social.


BENEFICIOS DEL PROGRAMA

Intervención Especializada, orientada a disminuir características o condiciones que se relacionan con la actividad delictiva, con el fin de reducir el riesgo de reincidencia delictual, a través de la resolución de conflictos interpersonales, de vínculos con pares antisociales, de la impulsividad o autocontrol; o en ámbitos como la conducta violenta, los delitos sexuales, entre otras.

Integración Socio-Comunitaria, dirigida al desarrollo de herramientas personales que promuevan la integración social, focalizándose en ámbitos de vivienda, salud, vínculos familiares y sociales principalmente.

Mejoramiento de la Empleabilidad, enfocada en el desarrollo de acciones de formación de competencias laborales y la facilitación de la incorporación en un puesto de trabajo, favoreciendo la reinserción social en el ámbito socio ocupacional.


¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?

• Personas que se encuentran eliminando antecedentes penales (DL N°409).
• Personas que se encuentran aclarando antecedentes en las oficinas de diagnóstico prontuarial (O.D.P).
• Personas que cumplen condena en Libertad Condicional.
• Personas con indulto conmutativo.



Programa de Intervención para Libertad Condicional


La Libertad Condicional es un beneficio al que pueden acceder las personas condenadas a una pena privativa de libertad que reúnan los requisitos de postulación establecidos en la normativa vigente (Decreto Ley N° 321 de 1925 y modificaciones de la Ley N° 21.124 de 2019).
La concesión y cumplimiento del beneficio se centran en los avances en el proceso de reinserción social de las personas condenadas. Para ello, se contempla un informe de postulación psicosocial que orienta sobre los factores de reincidencia de las personas postulantes y la incorporación de una concepción moderna de intervención técnica y supervisión permanente, a cargo de la figura de un Delegado de Libertad Condicional, quien elabora un Plan de Intervención Individual (PII) para quienes obtienen este beneficio, lo que les permite, entre otras cosas, acceder a las prestaciones de la red intersectorial de acuerdo a sus necesidades.

Requisitos para el postulante:
1) Haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3°, 3° bis y 3° ter.
2) Haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena.
3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.

Son obligaciones para el beneficiario:
- Presentarse en el Centro de Apoyo para la Integración Social (CAIS) asignado, dentro de un máximo de 5 días corridos, tras haber recibido el beneficio.
- Asistir a la reunión de ingreso, en la que se designará su delegado de Libertad Condicional.
- Cumplir con las condiciones establecidas en su Plan de Intervención.
- Acudir a las citaciones o entrevistas que establezca su Delegado de Libertad Condicional o el jefe de la Unidad.
- Mantener un lugar de residencia estable y conocido que permita la supervisión y la asistencia a las actividades programadas.
- Dar un trato respetuoso a todos(as) los(as) funcionarios de la Unidad de Control, cumpliendo con los procedimientos y normas definidos por Gendarmería de Chile.