Empleabilidad
Toda persona tiene derecho al trabajo, siendo éste la base para la realización de otros derechos humanos y para el desarrollo de una vida digna.
Por ello, incluso en el caso de condenas de presidio efectivo, en que se limita el derecho a la libertad de una persona, debe respetarse y promoverse el ejercicio de todos los demás derechos que les asisten, inherentes a su naturaleza de ser humano.
El régimen penitenciario tiene por finalidad la reforma y la readaptación social de los penados. Por ello, el fomento de la empleabilidad de quienes cumplen o han cumplido condena resulta crucial, toda vez que se constituye en un factor que amplía y fortalece las competencias del individuo, le otorga estabilidad, lo inserta en un espacio comunitario, creando lazos y/o redes de apoyo social y, por ende, lo ayuda a superar su situación de vulnerabilidad inicial.
Dado lo anterior, el quehacer de Gendarmería se centra en 2 grandes ejes: la formación y capacitación en oficio y la colocación laboral dependiente o independiente.
El desarrollo de las actividades de formación y capacitación laboral, corresponden a cursos ejecutados por organismos externos o instituciones en convenio de colaboración que apuntan al desarrollo de competencias transversales, así como, actividades de capacitación en oficios específicos.
Así mismo, el desarrollo de la oferta de actividades de trabajo a través de las distintas modalidades vigentes, también apuntan a desarrollar habilidades personales y técnicas en la población penal que permiten generar herramientas para favorecer la empleabilidad y movilidad laboral ya sea dependiente o independiente.
La oferta se organiza según el tipo de población atendida, a saber:
Personas con Privación de libertad:
Las prestaciones se otorgan a través del Programa de Reinserción Social para Personas Privadas de Libertad (PPL), Programa de Reinserción Social (PRS) y a través de los Centros de Educación y Trabajo. En estos últimos cabe distinguir los establecimientos ubicados al interior de las unidades penales (CET Cerrados) y los que funcionan en forma independiente, denominados CET Semiabiertos, lugares donde la rutina diaria gira entorno a la capacitación y la actividad productiva.Personas con Penas sustitutivas:
Las prestaciones se otorgan a través del Programa de Intermediación Laboral del Sistema Abierto (PILSA), que gestiona capacitación y/o empleo para los penados que presentan la necesidad, pesquisada por el respectivo Delegado de Libertad Vigilada o generalmente por iniciativa propia, en el caso de otras penas sustitutivas.Personas con Apoyo postpenitenciario:
Las prestaciones de capacitación y colocación se otorgan a través del Programa de Apoyo Postpenitenciario (PAP), Programa de Reinserción Laboral (PRL) y Programa de Intervención para Libertos Condicionales. Cada C.A.I.S. gestiona convenios de colaboración anualmente, en busca de ofertas de empleo.Ofertas de Empleo
Para las ofertas de empleo dirigidas a la población en proceso de reinserción social, cumpliendo condena (en el medio libre o cerrado) o tras la finalización de ésta, se debe considerar que:● Puede tratarse de la prestación de un servicio.
● Puede tratarse de un trabajo permanente o por obra.
● Existe cobertura en todas las regiones del país, pero deberá verificarse.
Venta de productos
Te invitamos a involucrarte en el proceso de reinserción social de una persona privada de libertad, a través de la compra o la adquisición de un servicio elaborado en un Centro de Educación y Trabajo.Disponemos de una plataforma de comercio electrónico, donde encontrarás una tienda virtual y los servicios disponibles. Te invitamos a REHACE.