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Visitas a Unidades Penales


Enrolamiento

Se denominará enrolamiento, al procedimiento de carácter obligatorio que tiene como finalidad habilitar administrativamente, a toda persona que pretenda ingresar, permanecer y egresar como visita de los internos en los distintos Establecimientos Penitenciarios del Subsistema Cerrado.

¿Cómo hacerlo?

a) Debe concurrir personalmente al lugar establecido por la Administración Penitenciaria para llevar a cabo el enrolamiento.
b) Exhibir la cédula de identidad vigente, pasaporte, documento de identidad extranjero o comprobante de solicitud de cédula de identidad extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Este último será válido en caso excepcional y justificado por el funcionario encargado de efectuar el enrolamiento.
c) Acceder a la captura fotográfica, la que debe ser un primer plano de la cabeza y los hombros. La imagen no debe exceder los márgenes del campo asignado.
d) Proporcionar los datos requeridos de tipo personal que serán asociados a uno o más internos, constituyendo respaldos y fuentes de consulta de acceso restringido.
e) Indicar el vínculo que tiene con el interno, información que debe ser corroborada por este último.

El enrolamiento de visitas se puede realizar en cualquier unidad penal del país, independiente de donde hará ingreso. Una vez concluidos los pasos anteriores, deberá esperar un plazo no superior a 48 horas, para conocer si el trámite se encuentra aceptado o rechazado por la persona privada de libertad a quien visitará.


Para Menores de Edad

Respecto a los menores de 18 años tendrán que efectuar este trámite en compañía del adulto que tenga el cuidado personal de éste, quien también tendrá que enrolarse, debiendo acreditar ese vínculo mediante el respectivo certificado de nacimiento, resolución judicial o poder notarial

Para todos los efectos, en el sistema de enrolamiento se deberá asociar al menor de edad con el adulto responsable o con la persona autorizada para el ingreso.



Desenrolamiento

El desenrolamiento se entiende como aquel acto en el cual una persona que se encuentre autorizada para el ingreso a un Establecimiento Penitenciario, deja de estar vigente en el sistema para efectos de visitar a uno o más internos vinculados.


¿Cómo hacerlo?

El desenrolamiento se efectuara de dos maneras:

a) Digital: Solicitud que se puede realizar a mediante clave única en el siguiente Link https://www.gendarmeria.gob.cl/tramites.html en el banner Solicitud de desenrolamiento

b) Voluntario: Aquel que se produce previa petición expresa de la visita enrolada, pudiendo realizar este trámite personalmente o a través de un tercero, con poder notarial.

Las direcciones están detalladas más abajo

Respecto de los menores de 18 años, el desenrolamiento deberá siempre ser efectuado por el adulto que tenga el cuidado personal de éste.


Oficinas de Enrolamiento y Desenrolamiento para Visitas

Si usted necesita concurrir a una Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) para enrolarse o desenrolarse.


OIRS de Agustinas 1401, a partir del día 21 de octubre de 2019 se informa el cierre definitivo, no se realizan Enrolamientos o Desenrolamientos.