Establecimientos penitenciarios
Se les denomina a los recintos donde deben permanecer custodiadas las personas privadas de libertad en razón de detención y mientras están puestas a disposición del Tribunal pertinente; las personas sometidas a prisión preventiva y las personas condenadas al cumplimiento de penas privativas de libertad.
Corresponden también a esta denominación las dependencias destinadas al seguimiento, asistencia y control de los condenados que, por un beneficio legal o reglamentario, se encuentren en el medio libre.
Glosario establecimientos penitenciarios
Centros de Detención Preventiva (CDP): Destinados a la atención de detenidos y sujetos a prisión preventiva.
Centros de Cumplimiento Penitenciario (CCP): Para quienes cumplen penas privativas de libertad. Pueden tener los siguientes regímenes: cerrado, semiabierto y abierto.
Centros Penitenciarios Femeninos (CPF): Destinados a la atención de mujeres. En ellos existirán dependencias con espacios y condiciones adecuadas para el cuidado y tratamiento pre y postnatal, así como para la atención de hijos lactantes de las internas.
En aquellos lugares en que no existan estos centros, las internas permanecerán en dependencias separadas del resto de la población penal.
Complejos Penitenciarios (CP): Aquellos en que los establecimientos penitenciarios coexisten en un mismo perímetro y aplican un régimen interno y tratamiento diferenciado a los reclusos, con el apoyo de servicios únicos centralizados de seguridad, administración, salud, reinserción social, laboral y de registro y movimiento de la población penal
Centros de Educación y Trabajo (CET): Son secciones de tratamiento dependientes de Gendarmería de Chile, que pueden estar ubicadas dentro o fuera de los recintos penales, donde los internos trabajan y cumplen su condena en un lugar segmentado especialmente para estos fines.
Centros de Reinserción Social (CRS): Son establecimientos penitenciarios con régimen abierto (que brindan atención ambulatoria) donde se coordinan, concentran y desarrollan las actividades de control, asistencia e intervención de las personas que han sido condenadas a alguna de las Penas Sustitutivas a la Reclusión.
Centro de Apoyo para la Integración Social (CAIS): En estos establecimientos gestionan los planes y programas de asistencia a las personas que habiendo cumplido sus condenas, requieran de apoyo para su reinserción social.
Centros de Internación Provisoria y de Régimen Cerrado (CIP-CRC): Establecimientos dependientes del Servicio Nacional de Menores en los que presta apoyo personal uniformado de Gendarmería.
Direcciones Regionales (DR): Edificios administrativos de Gendarmería de Chile.
Establecimientos Penitenciarios
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Organización interna
La administración de los establecimientos penitenciarios estará a cargo de un jefe, quien se denomina ALCAIDE, nombrado mediante resolución por el Director Nacional de Gendarmería.
El jefe de establecimiento será asesorado por un órgano colegiado llamado CONSEJO TÉCNICO que él presidirá.
Este consejo será integrado por el jefe operativo y por los oficiales penitenciarios, personal de vigilancia, profesionales y funcionarios encargados de la rehabilitación y del normal desarrollo del régimen interno. Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.
Para mayor información lo invitamos a revisar el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios.